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ÉTICA, INCLUSIÓN, EDUCACIÓN INTEGRAL Y NEURODERECHOS EN EL CONTEXTO DEL NEUROMANAGEMENT

La ética en el neuromanagement estudia las implicaciones éticas, legales y sociales de la neurociencia. En cuanto a lo legal, El concepto de neuroderecho surge de la intersección entre las neurociencias y el derecho, proporcionando un marco para la protección de la autonomía, la dignidad y la identidad de las personas en el ámbito jurídico y, por extensión, en el entorno organizacional.

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José Vicente Pérez Cubias

August 28, 2025
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  1. Fundamentos del Neuromanagement y Neuroderechos Al finalizar este tema, los

    estudiantes serán capaces de: Integrar principios éticos, de inclusión y neuroderechos en el desarrollo de políticas de Neuromanagement, asegurando que las decisiones tomadas en la organización respeten la dignidad y los derechos de los colaboradores.
  2. Introducción a los neuroderechos Los neuroderechos buscan proteger la privacidad

    mental y la integridad cognitiva de los individuos frente a la manipulación tecnológica y la explotación de la información cerebral. Para garantizar el respeto de los neuroderechos en el ámbito empresarial, es necesario implementar políticas que protejan la privacidad neuronal y eviten la explotación de datos cognitivos sin consentimiento. Las organizaciones deben regular el uso de tecnologías como interfaces cerebro-máquina y herramientas de neuromarketing para prevenir abusos y garantizar la equidad.
  3. El neuroderecho es la interfaz entre las neurociencias y el

    derecho, entendida como la aplicación de los hallazgos científicos sobre el cerebro al ámbito jurídico (Lolas & Cornejo, 2017). Su impacto es multidimensional: en el plano conceptual permite reinterpretar nociones como la autonomía, el libre albedrío, la dignidad y la identidad; mientras que en el plano funcional contribuye, por ejemplo, a la determinación del daño moral, ya que mediante evaluaciones médicas y el uso de neuroimágenes es posible establecer la magnitud de una lesión en el sistema nervioso central (Cornejo, 2017).
  4. El reconocimiento de los neuroderechos busca equilibrar la innovación con

    la protección de la dignidad humana, asegurando que el desarrollo de herramientas neurocientíficas no vulnere la privacidad, la identidad ni la autonomía de los individuos dentro de la sociedad y las organizaciones.
  5. Este derecho protege que la actividad cerebral de una persona

    no sea registrada, analizada ni manipulada sin su consentimiento informado. En el ámbito laboral, cobra especial relevancia con tecnologías como interfaces cerebro-computadora, sensores de actividad neuronal o inteligencia artificial que mide emociones y niveles de estrés. Implicaciones para las organizaciones: •Establecer límites éticos y legales sobre la recopilación de datos neurofisiológicos. •No exigir el uso de dispositivos que midan la actividad cerebral sin base legal y consentimiento explícito. •Asegurar que el procesamiento de datos neuronales cumpla con las normas de privacidad y protección de datos. Derecho a la Privacidad Mental
  6. Este derecho busca preservar la continuidad de la identidad y

    el sentido del yo de cada individuo. • Protege la continuidad de la identidad y el sentido del yo. • Evita que neurotecnologías o IA alteren personalidad, valores o toma de decisiones. • Garantiza que cualquier intervención respete autonomía y estabilidad psicológica en el trabajo. Derecho a la Identidad Personal
  7. El libre albedrío es la capacidad de cada persona para

    tomar decisiones de manera autónoma, sin coerción ni manipulación externa. En el entorno organizacional, el uso de tecnologías que influyan en la cognición —como estímulos neuronales, inteligencia artificial persuasiva o neuromarketing invasivo— podría comprometer esta autonomía. Implicaciones para las organizaciones: • Evitar herramientas que condicionen las decisiones de los empleados. • Garantizar que evaluaciones de desempeño y procesos de selección respeten la voluntad individual y no se basen en análisis neuronales que generen sesgos. Derecho al Libre Albedrío
  8. Derecho a la Equidad en el Acceso a Tecnologías Neurales

    Este derecho busca evitar que los avances en neurociencia beneficien solo a ciertos grupos, generando desigualdades y posibles discriminaciones. En el entorno laboral, si las neurotecnologías mejoran el rendimiento cognitivo o brindan ventajas competitivas, su acceso desigual podría ampliar la brecha entre empleados. Implicaciones para las organizaciones: • Garantizar acceso equitativo a herramientas neurotecnológicas para todos los colaboradores, sin favoritismos. • Asegurar que la capacitación y formación en neurociencia aplicada al trabajo sea inclusiva, de manera que todos puedan beneficiarse de los avances sin restricciones económicas o jerárquicas.
  9. Legislación en El Salvador e Internacional Aunque los neuroderechos son

    un concepto reciente, varios países han comenzado a legislar al respecto: •Chile: Pionero en incluir los neuroderechos en su Constitución, protegiendo la integridad y privacidad mental. •Estados Unidos: Existen iniciativas y debates sobre la protección de la información cerebral, especialmente en investigación y salud. •El Salvador: No cuenta con leyes específicas sobre neuroderechos, pero sí posee normativas de protección de datos personales y derechos humanos que pueden aplicarse de manera extensiva. Tratados internacionales como el Tratado de Marrakech reflejan el compromiso del país con la inclusión y la protección de grupos vulnerables, sirviendo como base para futuros desarrollos legislativos en neuroderechos.
  10. La neuroética es un campo interdisciplinario que estudia las implicaciones

    éticas, legales y sociales de los avances en neurociencia y sus aplicaciones en la sociedad. Se enfoca en los dilemas morales que surgen del estudio del cerebro, la mente y el comportamiento humano, así como en el uso de tecnologías que pueden influir en la cognición, la toma de decisiones y la identidad personal.
  11. El neuromanagement aplica la neurociencia para mejorar el bienestar y

    desempeño laboral, pero plantea desafíos éticos que deben ser abordados: •Autonomía y consentimiento informado: toda aplicación de neurotecnología debe contar con autorización explícita de los colaboradores. •Privacidad y protección de datos: la información neurofisiológica es sensible; se requieren medidas de ciberseguridad y uso responsable. •Transparencia y responsabilidad: los empleados deben conocer cómo y con qué propósito se recopilan sus datos, con auditorías que prevengan abusos. •Equidad e inclusión: garantizar acceso justo a las tecnologías, evitando desigualdades en selección, evaluación o desarrollo profesional.
  12. La educación integral combina habilidades técnicas, emocionales, sociales y éticas.

    En el ámbito laboral, esto significa formar a los colaboradores no solo en sus roles, sino también en: a. Ética y neuroética: uso responsable de neurotecnologías y toma de decisiones informadas. b. Inteligencia emocional y autoconocimiento: comprender el impacto de intervenciones neurocientíficas en el desarrollo personal y laboral. c. Inclusión y equidad: asegurar acceso justo a herramientas como neurofeedback o entrenamientos cognitivos, evitando reforzar desigualdades y promoviendo justicia y respeto en la organización. Educación Integral y Neurociencia en las Organizaciones
  13. ➢ Integrar principios éticos y neuroderechos es clave para un

    entorno laboral que respete la dignidad de los colaboradores. ➢ Establecer protocolos claros que aseguren consentimiento informado y protección de datos sensibles. ➢ Promover transparencia y responsabilidad en el uso de neurotecnologías. ➢ Adoptar medidas concretas: ➢ Definir protocolos sobre recopilación y uso de datos neurofisiológicos. ➢ Capacitar a líderes y colaboradores en ética y neurociencia aplicada. ➢ Garantizar consentimiento informado en cada intervención. ➢ Cumplir regulaciones internacionales sobre neuroderechos y privacidad. ➢ Fomentar un ambiente laboral inclusivo y respetuoso, equilibrando avances tecnológicos con protección de los derechos humanos. Conclusiones